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Hay que hacer una amplia revisión de la actual formulación de las rebajas, dado que tras tres años de experiencia se ha demostrado que no han ayudado a incentivar el consumo ni a aumentar las ventas. El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucionales y nulos dos artículos sobre las Rebajas incluidos en el Decreto Ley del Gobierno Central del 13 de julio de 2012. Esta decisión del TC responde a un recurso de la Generalitat de Cataluña y anula, los artículos que eliminaban la obligatoriedad que los productos de la venta en rebajas tuvieran que estar expuestos al público a precio normal (formar parte del surtido de temporada) al menos durante un mes. Tras esta sentencia, los artículos de la venta en Rebajas deberán haber estado incluidos con anterioridad, durante el plazo mínimo de un mes, en la oferta habitual de ventas. Y además, no podrán haber sido objeto de prácticas de promoción alguna en el curso del mes que preceda a la fecha de inicio de la venta en rebajas. Con esta sentencia del TC, se vuelve a recuperar dos de las obligaciones que regían con anterioridad antes de la desregulación de este tipo de venta por el Gobierno Central.
 
Os adjuntamos comunicado de prensa realizado conjuntamente por nuestra Federación provincial Facpyme y nuestra Confederación autonómioca Covaco.

 

 

 
 
 

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