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Con motivo de la nueva incorporación de D. Carlos Vilchez en la Dirección Regional Marina Baixa del Banco Sabadell, se ha...

 

 

Os informamos que hoy la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, ha emitido un comunidado regulando el horario de apertura a los comercios cuya apertura esta autorizada durante el estado de alarma decretado por el Gobierno de España el pasado 14 de marzo.

Primero.- El cierre diario de los comercios que tengan permitida su apertura conforme al Real Decreto 463/2020, de 14  de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se adelanta a las 19 horas.
Segundo.- Todos los establecimientos de venta de reducida dimensión que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 metros cuadrados no podrán permanecer abiertos al público los domingos y festivos, a excepción de panaderías y pastelerías, prensa, farmacias, combustible para la automoción y tiendas de conveniencia.
Tercero.- Las medidas anteriores se mantendrán en vigor indefinidamente, hasta el término de la vigencia del estado de alarma.