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CONVENIO PROTECCIÓN DE DATOS PREDASE
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SAFCOM SERVICIO DE PREVENCIÓN
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CONVENIO DM ENERGY
Con el fin de daros mayores ventajas y ahorro en vuestros gastos fijos, desde AICO hemos firmado un ...
CONVENIO CHANCE & CHOICES
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CONVENIO BANCO SANTANDER
Con motivo de los nuevos productos lanzados para las pymes y autónomos por el Banco Santander, se ha materializado un convenio de...
CONVENIO SGR-AICO
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ACTUALIZADO EL CONVENIO B.SABADELL
Con motivo de la nueva incorporación de D. Carlos Vilchez en la Dirección Regional Marina Baixa del Banco Sabadell, se ha...

 

 

El Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Labora), ha abierto el plazo para que las empresas puedamos solicitar las ayudas para contratar a personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos considerados de atención prioritaria para el empleo, como son las personas en situación o riesgo de exclusión social, personas en situación de desempleo de larga duración, personas mayores de 50 años, personas con discapacidad y a mujeres víctimas de violencia de género.
Desde la asociación os hemos preparado un resumen de las condiciones, obligaciones y documentación que se requere. El periodo de presentación ha empezado hoy día 4 y finaliza el próximo día 15 de abril. Os aconsejamos que antes de iniciar los trámites consultéis la información preparada en el resumen para conocer en amplitud las condiciones y obligaciones que se piden.

Los importes de esta ayuda son:
  • De 10.000€ en general.
  • De 12.500€ si la persona contratada concurre adicionalmente bajo la condición de mujer o de persona con discapacidad.
  • De 22.000€ si la persona contratada concurre como víctima de violencia sobre la mujer.
  • De 30.000 euros si la persona contratada concurre con discapacidad severa.
Las condiciones más importantes para poder acceder estas ayudas son:
  • La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.
  • Las personas trabajadoras subvencionadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en la Comunitat Valenciana.
  •  Mantener el empleo subvencionado durante al menos veinticuatro meses, salvo que la relación se extinga por alguno de los motivos de sustitución admitidos.
  • Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por voluntad de las personas trabajadoras, finalización de contratos temporales para la sustitución de personas trabajadoras, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación o despido disciplinario no declarado improcedente.

Para cualquier dudda os podéis ponre en contacto con nosotros estando a vuestra disposición para subsanarla.